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El No parque de Fuentes del Narcea

Alegaciones al PRUG

Alegaciones al Plan Rector de Uso y Gestión del Parque

  • Alegaciones presentadas por los miembros de la Mesa de afectados al Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del Parque Natural de Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias, preparadas por la Mesa de afectados.
  • Alegaciones presentadas por la Coordinadora ecoloxista d’Asturies : Podríamos comentarlas desde los puntos que nos separan, pero preferimos hacerlo desde los que nos unen. En estas alegaciones se pide :
    • Información y representación para vecionos y afectados.
    • El sector servicios no es suficiente para el desarrollo de la zona, es necesario poner en marcha otro tipo de proyectos.
    • El mayor peligro medioambiental de la zona son los incendios, se debería elaborar un Plan integral de Lucha contra incendios Forestales, específico para la zona.
  • Incluso el ayuntamiento de Cangas del Narcea ha presentado UNA alegación. ¿ En que pensaban cuando participaban en su redacción ?
  • Los ayuntamientos de Ibias y Degaña, ¿ no tienen nada que decir ?

PRUG: Plan Rector de Uso y Gesión (10/08/2005)

PRUG Fuentes del Narcea en PDF - Esta fue la primera versión presentada el Agosto; La incluimos por si alguien quiere jugar a encontrar las siete diferencias.

LA RED NATURA 2000

Por Sr. D. Thierry De L´Escaille, Secretario General de European Landowners Organization (ELO) y Presidente Europeo del FORO RED NATURA

Señoras y Señores,

Como Presidente del Foro Europeo Natura 2000, es para mí un gran placer estar aquí con todos ustedes en esta asamblea constitucional.

¿Qué es Natura 2000?

En primer lugar, es importante recordar que la decisión de constituir una red comunitaria de zonas para la conservación de la naturaleza fue el resultado de la adopción unánime de la Directiva de «Hábitats», en 1992, por el Consejo de Ministros con el apoyo del Parlamento europeo. Esto completó la decisión tomada en 1979, igualmente por unanimidad, para proteger las especies de aves silvestres y sus hábitats mediante la Directiva de «Aves». Más recientemente, la importancia de esta red ecológica como pilar principal de los esfuerzos comunitarios para conservar la naturaleza ha sido reforzada por las conclusiones de la Cumbre Europea de Gotemburgo, que han fijado el ambicioso objetivo de acabar con el deterioro de la diversidad biológica en la Unión Europea antes del final de esta década.

El objetivo principal de Natura 2000 es, por tanto, la protección y gestión de las zonas especiales de conservación. Objetivo, sin duda, muy loable, PERO AÚN ASÍ, desde el Foro queremos pronunciarnos para que se tengan en cuenta los derechos de los propietarios y usuarios del mundo rural.

Los Estados miembros tienen la iniciativa de actuación, proponiendo las zonas Natura 2000. Más allá del debate sobre la elección de los lugares a incluir, está claro que uno de los principales temores de los propietarios lo constituyen las implicaciones que la designación de tierras en el ámbito de Natura 2000 pueda tener sobre la gestión de las mismas. Los propietarios nos preguntamos si Natura 2000 supondrá el fin de toda gestión económica de los lugares protegidos, favoreciendo así la creación de museos rurales.

En realidad, la conservación de la flora y fauna silvestres en Natura 2000 exige que los lugares designados sean activamente gestionados. Esto puede que no se traduzca en el reconocimiento de las prácticas de gestión tradicionales, que en numerosas ocasiones han sido determinantes para la creación y el mantenimiento de hábitats de valor. Desde un punto de vista positivo, los propietarios deberían considerar el que sus actividades no estén prohibidas por el proceso de designación como un reconocimiento a su labor de gestión del campo.

Los Estados miembros están todos, obviamente, a favor de Natura 2000 y de su intención de proteger la naturaleza. Sin embargo, la aplicación de las Directivas en ciertos lugares despierta numerosos interrogantes.

Los Estados miembros pueden elegir el método y el tipo de medidas que deben adoptarse. Si alguno aplicara Natura 2000 de un modo demasiado restrictivo, la comunidad rural podría oponerse a ello.

El principal temor generado por Natura 2000 es el de ver la propiedad despojada de su sustancia y de su papel social, conservando el propietario los deberes de su carga (pago de impuestos, responsabilidad medioambiental) pero perdiendo los beneficios (disfrute, uso, ingresos), cuando esto no es objetivamente la intención del legislador europeo.

El gran desafío de la Red Natura 2000 para el futuro es que los Estados miembros trabajen junto a los propietarios con el fin de establecer un plan de gestión adecuado.

Desde el Foro proponemos retener una serie de líneas directrices que permitan una instauración armoniosa de Natura 2000. Y, para ello, partimos de la siguiente base:

  • Queremos contribuir a la mejora del medio ambiente.
  • Tenemos una legitimidad respecto a ello, ya que el medio ambiente que disfrutamos actualmente es el que nosotros hemos ido construyendo día a día.
  • Nos gustaría ser designados propietarios de una zona Natura 2000 si ello no tuviera un impacto potencialmente negativo sobre el valor de nuestro patrimonio y de nuestras actividades.

Este problema podría evitarse si la Comisión y los Estados miembros se comprometieran al cumplimiento de ciertos principios :

  • El principio de libertad de elección.
  • El principio de cooperación entre la autoridad publica y los propietarios y usuarios : hace falta alentar y no contradecir.
  • El respeto del principio de proporcionalidad, lo que significa que la restricción propuesta debe garantizar un equilibrio entre el perjuicio impuesto al propietario/usuario y el beneficio generado a la sociedad.
  • El derecho a una justa y completa indemnización en caso de expropiación de hecho o de restricción de uso.

En la práctica, el Foro invita a:

  • No designar lugares sin haber informado y discutido previamente con los propietarios y usuarios.
  • No aplicar la prohibición de uso sin un previo acuerdo de las partes implicadas.

Cuando la autoridad publica quiera ligar prohibiciones a la designación hace falta :

  • Que se trate de excepciones que sólo puedan ser aplicadas en caso de acuerdo con los propietarios y usuarios.

Si por una razón de interés superior la autoridad publica piensa tener que imponer la restricción, el propietario debe tener el derecho de pedir ser expropiado o indemnizado por sus pérdidas de capital y de ingresos.

Si el usuario sufre restricciones de usos, debe serle pagada una verdadera compensación, indemnizándosele sus pérdidas de capital de trabajo y de ingresos y pérdida de recursos.

Y todo esto nos conduce a la siguiente pregunta:

¿Cómo se financiará Natura 2000?

Mientras los Estados miembros se preparan para la próxima fase de aplicación de la Directiva, que implica el mantenimiento y la restauración de los lugares, la cuestión de los recursos financieros ha ido tomando cada vez más importancia.

El articulo 8 de la Directiva de Hábitats autoriza la creación de un fondo único. Dicho artículo fue adoptado como reconocimiento de la «carga financiera excepcional» que la directiva pide a los Estados miembros, particularmente a los que gozan de una rica biodiversidad.

Aún así, es poco probable que un único fondo pueda cubrir todas las actividades que requieran ayuda, en especial, cuando algunas de ellas se benefician de otras fuentes de financiación.

Urge establecer un cuadro financiero del artículo 8. Un verdadero programa de financiación que permita dar credibilidad a los objetivos de la Red Natura 2000, proporcionando una visión más clara de los mismos. Y que permita, sobre todo, calmar el debate entre las partes interesadas que a menudo desean repartirse los mismos recursos, casi inexistentes, para destinarlos a objetivos frecuentemente incompatibles.

El articulo 8 parece haber sido redactado con buen juicio. Dice que la financiación debe estar prevista antes de la aplicación de la red Natura 2000 y si no hay financiación, se debe respetar el status quo de la zona. Algunos no dejarán sin duda de señalar que el articulo 8 sólo es aplicable a ciertas zonas de la red Natura 2000 y que la aplicación de la red completa sin financiación es imposible. Consecuentemente, a menos que los Estados miembros asuman la financiación, Natura 2000 seguirá siendo un proyecto irrealizable, razón por la cual se ha propuesto que la financiación se aplique a todas las zonas Natura 2000. Esto, en particular, es lo que había sido negociado entre la Unión Europea y España.

Hacia dónde vamos con Natura 2000

La aplicación de la politica de desarrollo rural en Europa es particularmente compleja. Igualmente, la legislación comunitaria en materia de medio ambiente respeta el principio de subsidiariedad, dejando la gestión en manos de las autoridades nacionales o locales, lo que dificulta su aplicación. Algunos Estados miembros tienen una estructura federal, otros están divididos en provincias, regiones o en comunidades autónomas, como es el caso de España. Además, la Unión Europea tiene acuerdos particulares con ciertas zonas. A esta situación se añade la confusión de las decisiones políticas y la resistencia de algunos sindicatos o peor aún de organizaciones medioambientales. En este contexto de red transfronteriza, existe el riesgo de desarrollar disposiciones nacionales y regionales incoherentes entre ellas. Hay un riesgo de pérdida de credibilidad, incluso de legitimidad. Además, las diferencias entre las opciones de gestión de las zonas Natura 2000 de un Estado miembro a otro no sólo son incomprensibles sino también molestas para los ciudadanos.

El artículo 33 del Reglamento sobre el Desarrollo Rural concierne la elección de las tierras afectadas por obligaciones medioambientales. Incluye acciones de conservación de la naturaleza que sólo recortarían un 3,7 % el presupuesto del Reglamento de Desarrollo Rural. Por muy difícil que cueste aceptarlo, situar Natura 2000 dentro de la PAC permite encontrar soluciones para ciertas actividades agricolas. La actividad agrícola en las zonas Natura 2000 puede ampliamente beneficiarse de financiación en la medida en que los Estados miembros permitan la continuidad de la actividad. Pero el articulo 33 del Reglamento de Desarrollo Rural no es suficiente ya que, conforme a los Tratados, concierne esencialmente a la agricultura. Un fondo complementario sigue siendo necesario para las restantes actividades igualmente afectadas por Natura 2000 (como por ejemplo, la silvicultura) que quedan prácticamente sin cubrir.

Por otro lado, las reglas que rigen la utilización de fondos del Reglamento de Desarrollo Rural han de flexibilizarse. Los fondos agro-medioambientales son imprescindibles para garantizar la gestión de los hábitats semi-naturales que dependen unicamente de las prácticas de producción. Y sin embargo, en numerosos países existe aún una gran confusion entre objetivos agrícolas y medioambientales.

Examinemos algunos de los puntos anteriormente expuestos desde otra perspectiva :

  • La actividad debe continuar en las zonas Natura 2000.
  • Los propietarios y productores necesitan explícitamente un acceso directo a las ayudas.
  • Todas las ayudas y compensaciones tienen que estar en conformidad con el artículo 4 del Reglamento de Desarrollo Rural. Este artículo dispone claramente que las ayudas son calculadas en base a la pérdida de ingreso, a los costes adicionales provocados por las nuevas obligaciones y como medida aleccionadora.
  • La medida tiene que cumplir con los objetivos del Reglamento de Desarrollo Rural e ir más allá de los programas nacionales existentes.
  • Para evitar incoherencias y al mismo tiempo proporcionar medios a Natura 2000, el Reglamento de Desarrollo Rural debería permitir el desarrollo de nuevos conceptos, tales como las « fincas medioambientales ». Es una manera de definir un marco para las actividades en las zonas de la red Natura 2000. En este sentido, ELO ha presentado algunos ejemplos de fincas medioambientales como La Cassinazza en Italia o Veta la Palma, aquí en España.

El verdadero problema creado por Natura 2000 ha sido dar a entender al movimiento ecologista que cualquier persona, además del propietario o usuario rural, puede estar en posesión de la soberanía ecológica de los lugares designados. Así, los autoproclamados “jueces” verdes se creen con el derecho de juzgar las acciones de otros. Se fundamentan en que las zonas Natura 2000 deben preservarse y que, sólo ellos, gracias a la financiación pública, son capaces de hacerlo. No obstante se equivocan. Por supuesto que pueden gestionar como quieran los bienes que les pertenecen. Pero es necesario que todo el mundo comprenda que Natura 2000 no puede llevarse a cabo sin la participación de la comunidad rural.

Esta malinterpretación de Natura 2000 ha desembocado en una política desastrosa. Los propietarios y usuarios han aceptado el acotamiento de sus propiedades como reconocimiento a la buena labor que llevan a cabo. Y sin embargo, su compromiso con el medio ambiente se esta pagando con la inutilización de sus zonas.

Si la Administración quiere que Natura 2000 sea una realidad, debe abandonar esta politica negativa, acabar con las prohibiciones y comenzar a aplicar una política que incentive a la gente. Para ello, deberá dejar los aspectos teóricos de una vez y ponerse manos a la obra.

Por último, en lo que a nosotros nos concierne directamente,

¿Cómo organizar la gestión de nuestras tierras en una zona Natura 2000?

En mi opinión, creo que es esencial el crear Comités de Gestión de los lugares designados. No esperemos a que otros lo hagan en nuestro lugar porque somos nosotros, los gestores del medio rural, los que hemos de crearlos y administrarlos. Por ello, os invito a organizar junto con ELO, un plan de gestión piloto basado en experiencias reales, que os permita comprobar la eficacia de la gestión de vuestras actividades.

Vosotros, que sois empresarios, cazadores, amantes de la pesca, propietarios, ¿qué es lo que creéis que deberíais hacer para asegurar la continuidad de vuestras propiedades o explotaciones?

Yo creo que sólo hay una manera de conseguir este resultado :

  • Transfiriendo la gestión de la propiedad a vuestros hijos cuando éstos aún sean jóvenes.
  • Iniciándoles y haciendo que se interesen o apasionen por actividades como la caza.
  • Asegurándose de que puedan ejercer una actividad rentable.
  • Procurando que no se casen con alguien poco listo!

Si Natura 2000 impide la rentabilidad, o suprime las actividades que interesan a los jóvenes, esto supondrá el fin del uso privado y de la economía de mercado : la tierra y su gestión estarán nacionalizadas.

En conclusión:

Es sumamente importante luchar para que toda restricción, disminución de derecho o expropiación sea justamente indemnizada.

Si Natura 2000 es un proyecto de interés público, es la comunidad pública la que tiene que financiarlo. No es ningún regalo y los agentes particulares no tenemos porqué pagar la factura. De esta forma, si es el Estado el que tiene que pagar, Hacienda no permitirá a Medio Ambiente llevar a cabo proyectos de presupuesto irrazonable. El exceso presupuestario no ha de poder permitirse.

Los Estados miembros deben respetar la Constitución Europea que, en el artículo 17 de su segunda parte, defiende la protección del derecho de propriedad.

Es en estas condiciones en las que Natura 2000 ha de encontrar su legitimidad.

Pongámonos en marcha, organicemos la gestión sin esperar a que la Administración o las ONG lo hagan en nuestro lugar.

Sólo así, conseguiremos que la RED NATURA 2000 sea para nosotros un instrumento de éxito.

Les agradezco enormemente su atención.


Madrid, 7 de octubre de 2003

Respuesta a Jose Manuel Martínez, NO GRACIAS

 Jose Manuel Martínez se ofrecía ( en representación de IU ) a redactar gratis las alegaciones de los propietarios Parque. Nuestra Respuesta : NO, gracias.

En un artículo de La Nueva España, éste concejal muy preocupado por los derechos de los ciudadanos a los que gobierna desde el ayuntamiento, se ofrecía a redactarnos gratis estas alegaciones, desde aqui decirle: NO, gracias.

Hubiesemos agradecido mucho más que cuando el PRUG se estaba redactando según Cristino Ruano, y según el propio ayuntamiento de Cangas, en estrecha colaboración con los equipos de gobierno de los ayuntamientos afectados ( luego este caballero estuvo implicado en esta readacción ), se nos hubiese ofrecido la posibilidad de opinar ... pero ese ofrecimiento nunca llegó.

Según este edil, en el mismo artículo "el Ayuntamiento seguirá apostando por la transparencia", pues menos mal, si llegan a apostar por el oscurantismo no se yo que nos entregarían. Tendríais que ver el mapa con la zonificación del parque, es imposible ver nada, no se distinguen ni rios, ni carreteras, y por supiesto no se pueden leer los nombres de los pueblos ( lo intentamos con lupa ). Es imposible ver en que zona de protección cae cada pueblo, ya no os digo cada prao.

También dice que "los propietarios se van saliendo de la plataforma. «Sólo hace falta ver que antes se denominaba mesa de propietarios del parque y ahora se hace llamar mesa de afectados por el parque»" Ayer había mucha gente en la reunión y eso que muchos no pudimos asistir, cada vez somos más, pq al principio ( yo me incluyo ) muchos no veíamos el parque como una amenaza sino como una ventaja ( ilusos que creíamos que se iba a hacer con un poco de cabeza ).

En cuanto al nombre de la mesa es así desde el dia de su constitución 15/03/2002 ( podéis comprobarlo en la sección Historia ).

El 70% del dinero que llega para los parques naturales ( son estadisticas de EUROPARC ) llegan a los ayuntamientos, ESE es el único interes que están mostrando IU y PSOE, que están muy lejos de merecerse las etiquetas de Izquierda y Socialista respectivamente.

Saludos a todos.

El alcalde de Cangas ningunea a los manifestantes

El Parque Natural de Las Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias, fue declarado como tal hace ya tres años, pero es el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) el documento que culmina el proceso de declaración como Parque Natural de 55.000 has ( más del 90% de las cuales son de titularidad privada ). El pasado 18 de Agosto saliía a información pública dicho plan, reavivando un conflicto que algunos quisieron dar por terminado.

El rechazo a este Plan Rector por parte de la Mesa de Afectados ha llevado a los propietarios a presentar numerosas alegaciones y a protagonizar una manifestación el Martes 20 de Septiembre ante el Ayuntamiento de Cangas del Narcea y por las calles de la villa..

En respuesta a las declaraciones efectuadas por el actual alcalde José Manuel Cuervo Fernández y el Concejal de Infraestructuras, Urbanismo y Medio Ambiente y segundo Teniente de Alcalde José Manuel Martínez nos gustaría comentar algunas de sus afirmaciones:

"No creí que se tratase de una manifestación, más bien pensé que era un grupo de amigos ociosos, entre los que se encontraban los representantes del Partido Popular, tanto a nivel local como regional, que había decidido dar una vuelta por las calles de Cangas y tomar el sol delante del Ayuntamiento" dijo el Alcalde.

La primera lectura que de de estas declaraciones cualquiera puede hacer, es el desprecio que éste alcalde demuestra a los vecinos que se manifestaban, y a sus opiniones.

Para los que estamos inmersos en este proceso, nos recuerda la razón inicial del conflicto, la falta de voluntad, legitimidad y criterio de nuestras autoridades para establecer un diálogo con sus gobernados. Todo lo que hacen, lo hacen por nuestro bien, nos lo presentan cerrado, y no admiten ninguna crítica.

También se puede leer entre líneas el enfado que la protesta provoca, ya que algunos esperaban, que al convertir este proceso en una carrera de fondo (han tardado 3 años en presentar este documento), los vecinos estaríamos resignados sino vencidos. Salvada la oposición vecinal, el Principado siguió adelante, como decía LNE, sin embargo, seguimos oponiéndonos y estamos dispuestos a presentar batalla.

Por otro lado el día antes de que la Mesa de afectados presentase las alegaciones a sus socios, el concejal de Medio Ambiente José Manuel Martínez nos ofrecía, en nombre de su grupo político IU, redactarnos las alegaciones grátis. ¡Qué ofrecimiento tan extraño y fuera de lugar, cuando se supone que este Plan había sido redactado con la participación de los equipos de gobierno locales, y por lo tanto con su participación. Si le preocupaba que pudiésemos defender nuestros derechos, ¿ por qué no nos llamó cuando el documento se estaba redactando ?, eso sí sería participación.

Y ahora a esperar la respuesta a las alegaciones presentadas.

FDO. Raquel González Fernández.

Publicado en elcomentario.tv sección colaboradores.

PRUG del Parque Natural de Fuentes del Narcea

Por Francisco Cadenas - Ganadero ( Cangas del Narcea )

Soy uno de los muchos afectados por el Parque Natural del Fuentes del Narcea Degaña e Ibias. Considerando que a la hora de confeccionar el proyecto del I Plan Rector de Uso y Gestión por parte de la Consejería de Medio Ambiente del Principado de Asturias, ( que ahora se pretende aprobar para el citado Parque) no se ha tenido en cuenta laopinión y participación de los vecinos y propietarios privados afectados que representamos mas del 80% de la su superficie. Quiero manifestar mi desacuerdo al respecto ya que no se puede ni se debe disponer de lo ajeno sin tener en cuenta a sus dueños, pretendiendo poner normas para limitar el uso y disfrute de nuestras propiedades sin darnos la posibilidad ni siquiera de opinar y sin prever una compensación justa; es por lo que pretendo manifestar mi opinión y disconformidad con alguno de los muchos puntos contenidos en el PRUG que perjudicanlos intereses de los propietarios, sin que se nos haya dado la oportunidad de exponer nuestro criterio a la hora de redactar dicho Plan, para al menos, poder defender los derechos que tenemos que son irrenunciables. Por otra parte, también deseo hacer la siguiente pregunta. ¿Qué Ley es la que obliga a poner a disposición de los demás el medio de vida de las personas sin compensación alguna?.-

Se dice que el objeto de declaración de Parque Natural (Ley del Principado de Asturias 12/2002 de 13/12) es compatibilizarla conservación del medio natural con el aprovechamiento de los recursos naturales, el desarrollo y mejora de la calidad de vida de sus habitantes así como la pervivencia de los aprovechamientos tradicionales; todo esto está muy bien, pero,en desacuerdo y totalmente contrario con lo que se manifiesta en el proyecto del PRUG en el que se establecen limitaciones de usos en las diferentes zonas, usos que, tradicional, continuada e históricamente venimos aprovechando los habitantes del Parque y especialmente los propietariosde los terrenos, esto, en lugar de beneficiar, perjudica,no es una mejora de la calidad de vida, es todo lo contrario, es privarnos de aprovechamientos que en algunos casos son vitales para nosotros.

En las diferentes Directivasde la CEE se trata todo lo relativo a la conservación de ciertas especies de fauna silvestre, pero, se sobreentiende que la conservación y mejora de los derechos delas personas son prioritarios. En algunos casos que se reflejan en el PRUG esto no es así, se da más importancia al hábitat de las especies salvajesque a los habitantes de las zonas ysus medios de subsistenciacomo es la ganadería, agricultura, aprovechamiento de recursos etc. Se da la máxima importancia , entre otros, a la recuperación yconservación del oso pardo, algo en lo que, la mayoría de los residentes en las zonas rurales estamos de acuerdo por tratarse de unaespecie en peligro de extinción, pero en lo que estamos totalmente en desacuerdo es en que no se nos compensenjustamente las limitacones y daños que ésta y otras especies salvajes nos ocasionan y que en el mejor de los casos, dichos daños directos se nosvaloranal 50% abonando los importes tarde, mal y nunca, cuando digo nunca, me refiero a daños ocasionados por osos, lobos, jabalíes, venados etc. que a pesar de haber sido denunciadosy reclamados han pasado añosy aun están sin abonar, por otra parte, los daños indirectos jamáshan sidotenidos en cuenta ni cuantificados.Esta forma de proceder por parte de los correspondientes Organismos es totalmente contraria al fin que se persigueya que las personas perjudicadasy que no se les compensajusta y debidamente los dañosocasionadosse convierten en el enemigo número uno de estas especies, por lo que hay que entender que los responsables de que se utilicen medios no autorizados para defender los derechos y propiedades de los perjudicados es la propia Administración y los Organismos responsablesde invertir debidamentelas subvenciones , fondos europeos, aportaciones empresariales,dinero de los contribuyentes, etc. Para conservar las especies, es primordial y muy importante compensarpuntual y debidamente los daños que ocasionan y, no dar la callada por respuesta como se suele hacer en muchas ocasiones.-

De todo lo que se expone anteriormente no se ocupa rigurosa y debidamente el PRUG, pero sí de que a las especies protegidas no se les molesteen su hábitat sin tener en cuenta ni fijar un criterio de valoración por las limitaciones de uso que todo ello conlleva. Por otra parte, me pregunto: ¿qué puede molestar a las especies protegidas?; ¿la utilización de maquinaria?, ¿el pastoreo de ganado?, ¿la circulación de tractores?, o, ¿infinidad de actividades que hay que desarrollar en las zonas rurales y que alguien puede considerar como molestas para las especies protegidas?,todo esto es muy necesario que se aclare y se puntualice.

En el PRUG se consideran prioritarios entre otros, los siguientes objetivos:

1.- La protección de las especies y su hábitat. Pero no se especificani se tiene en cuenta de una forma rigurosa los perjuicios que alguna de las especiesocasionan a ganaderos y agricultores, por lo que se puede entenderque este Plan Rector de Uso y Gestiónda mas importancia a los animales salvajes que a los habitantes y propietarios de los terrenos del Parque y esto es inadmisible, inhumano e intolerable.

2.- La mejora de la calidad de vidadirigida especialmente a actividades relacionadas con el uso público y turismo.- Se sobreentiende que nuestras propiedades de las que forman parte los espacios naturales conservados con mucho trabajo, sacrificio y costes económicosde nuestros antepasados y de nosotros mismos los tenemos que poner a disposición y disfrute de todo el mundo sin tener en cuenta los perjuicios que ello nos puede ocasionar, que pueden ser muchos y muy variados, pero, esto tampoco se contempla en el PRUG.

Los espacios naturalesque formanparte del Parquey que en su gran mayoría son de propiedad privada, se pueden calificar como museos naturalesfrutode la conservación y trabajo de varias generaciones que de unas a otras se fueron transmitiendolos derechos de explotación así como la propiedad. Como todos sabemos, para visitar un museo es necesario atenerse a unas normas preestablecidas entrelas que se encuentra un aporte económico que permiteconservar y mejorar en lo posible su contenido para la puesta a disposición y disfrute de los visitantes. Todo esto, se puede trasladar a cualquier “museo natural”, pero,tampoco se considera ni se cuamtifica en el PRUG, simplemente se sigue la teoría de aprovecharsede lo ajeno en contra la voluntad de sus dueños, sin compensación algunapor la obligada puesta de las propiedades a disposición de los demás. Esto no es lo que dice la Constitución Española.-

En la Normativa General se definen los usos del Parqueclasificándolos enusos permitidos, usos autorizables y usos no permitidos.

En los usos autorizables y en los no permitidos existen limitaciones de uso y aprovechamientos que histórica y continuadamente disfrutamos los habitantes de las zonas sin que por ello se hayan deterioradolos entornos naturales, sino, todo lo contrario, se han conservado y mejorado muchos espacios que hoy se pueden considerar “jardines naturales” y cuyos jardineroshemos sido nosotros, los propietarios de los terrenos, no los Organismos que ahora se pretenden aprovechar de nuestro trabajo, nuestro sacrificio y de nuestras propiedades, éstos, conseguiránconvertir parte de Asturiasen “un desierto, verde, pero un desierto”, tal y como decía hace algún tiempo en un diario regional uno de los mayores expertos de Asturias, entre otras muchas cosas, en temas relacionados con el medio rural.

No quiero terminar sin manifestar también mi desacuerdo sobre las facultades que se dan a losÓrganos de Gestión, únicamente puede establecer prohibiciones, dar autorizacioneso modificar cada cuatro años el PRUG, la COMISION RECTORA, integrada exclusivamente por representantes de la Administración del Principado y por los Ayuntamientos. Teniendo en cuenta que a la propiedad privada no se le da intervención alguna en la toma de decisiones, será la COMISION RECTORA la que decida en todo momento y, si su voluntad es la de tomar decisiones enbeneficio de intereses contrarios y ajenos a los ganaderos y propietarios, nosotros seremos los perjudicados sin posibilidad de defendernos; por otra parte, también estoy en desacuerdo con la composición de los Órganos de Gestión ya que el número de representantesdebería ser proporcionala las hectáreas aportadas al Parque por la propiedad pública y la propiedad privada y no como se propone en el PRUG.-

SEÑORES DEL PRINCIPADO, ESTA NO ES LA FORMA DE FIJAR POBLACION RURAL

FDO. Francisco Cadenas Cadenas - Ganadero (Cangas del Narcea)

Algunas de las restricciones que el Parque Natural de las Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias trae bajo el brazo

La primera restricción, se apunta ya con la ley de declaración del Parque :

Artículo 12. Declaración de utilidad pública.
La aprobación por la Administración del Principado de los planes rectores de uso y gestión a que se refiere esta norma implicará la declaración de utilidad pública de los bienes y derechos afectados.

Por lo que, con la aprobación del PRUG (Plan Rector de Uso y Gestión) se declararán, todos los bienes y derechos afectados por el parque, automáticamente de utilidad pública, aunque no se haga mención a ello en el propio documento, que vuelve a ser sometido ahora a información pública. Y esta es sin duda la mayor restricción de todas, pero aún hay más, y en este artículo se exponen algunos ejemplos de usos no permitidos, me gustaría puntualizar que además de usos no permitidos, aún hay otros dos tipos de usos en el parque, los permitidos y los usos autorizables, éstos últimos deberán contar con autorización de la comisión rectora, o si esta delega en él, el director del parque deberá conceder permiso.

Éstos son algunos de los usos NO PERMITIDOS en TODO el parque :

  • Todas las actividades listadas en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, aprobado según Decreto 38/1994, de 19 de mayo, que figuran como actividades obligatoriamente sujetas a Evaluación de Impacto Ambiental y que se consideran incompatibles con la finalidad del Parque y por tanto no permitidas en el ámbito del mismo.
    Como por ejemplo, Concentraciones parcelarias de más de 300 hectáreas o Instalaciones para el sacrificio y/o despiece de animales con una
    capacidad de producción de canales superior a 50 toneladas por día.
  •  

  • Aquellas actividades listadas en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, aprobado según Decreto 38/1994, de 19 de mayo, como sujetas a Evaluación Preliminar de Impacto Ambiental, y que se consideran incompatibles con las finalidades del Parque.
    Siguiendo con el primer ejemplo bajamos el número de hectáreas a 100 concentraciones parcelarias.
    En este apartado también se incluyen Pistas de esquí, remontes y teleféricos y construcciones asociadas. Luego no se puede hacer la ampliación de Leitariegos ¿ no ? O se van a saltar la norma cuando quieran.
  •  

  • Los parques eólicos para producción de energía eléctrica
    ¿ Son perjudiciales para el medio ambiente ?. Entonces porqué en montes públicos están proliferando, la administración puede hacer aquello que nos prohibe en los montes privados. ¿ Son menos dignos de ser conservados los montes de Tineo y Salas ?.
  •  

  • Piscifactorias
    ¿ No veo cuál es el problema en una piscifactoria de truchas, sobre todo si se le exigen los adecuados estudios ambientales. A ya recuerdo, lo que necesita ser estudiado, lo prohibe de mano.

Ahora me gustaría pasar a algunas pohibiciones más cercanas a la vida diaria, unos ejemplos de hasta que nivel llega a estar regulada la vida en el Parque.

  • Aprovechamiento de leñas y cortas para uso domestico: Se consideran cortas para uso doméstico los aprovechamientos en volumen inferior a 10 m3 destinados a la extracción de materiales para la reparación de cabañas, viviendas o cerramientos, así como para la elaboración de productos de artesanía en madera.
    ¿Y para el horno del pan, o para asar unas castañas o encender una chimenea?, esos no son usos permitidos para la leña de nuestras fincas.
  •  

  • Queda prohibida la comercialización de leñas procedentes de los Montes de Utilidad Pública.
    De utilidad pública como ya comentabamos son todos los Montes del Parque según el art. 12.
  •  

  • Arboles: Los árboles que se pueden plantar o no están regulados como ejemplo de árbol que no puede ser plantado el alcornoque y como ejemplo de árbol permitido el Abedul, pero sólo el ( Betuna Celtiberia ).
  •  

  • Perros: No está permitido el tránsito incontrolado de perros en la zona de uso restringido especial y en cualquier caso en la zona de Reserva Natural Integral de Muniellos, con la excepción de los perros que acompañen al ganado en acción de guarda del mismo. En las restantes zonas los perros deberán estar bajo el control de su dueño o dueña o al alcance de su voz o instrumento sonoro. En cuanto a los perros a los que se encomiende la vigilancia de los rebaños, deberán ser preferentemente de raza mastín.
  •  

  • Caza fotográfica: caza fotográfica, grabación, sonora, cinematografía y vídeo profesional requiere autorización de la administración del Parque. El acceso y el tránsito ya están regulados, ¿ que daño pueden hacer las fotografías o las grabaciones al medio ambiente ?.

Y continuamos este artículos con alguna de las restricciones aplicables por zonas. Esta vez, al menos en web, los mapas son legibles, algo es algo. Mapa del Oeste, Mapa del Este .

En la categoría 2: Zona de uso agropecuario, que como su propio nombre indica es la zona de mayor actividad de los habitantes, La circulación con vehículos de motor estará limitada a los habitantes del Parque en el ejercicio de sus actividades, a los servicios de vigilancia y gestión del Parque, a los servicios municipales y a la atención y reparación de instalaciones existentes, y a los vehículos que cuenten con autorización expresa del Director del Parque.

Los habitantes del parque (que no los propietarios) ¿ y si eres propietario pero no vives en el parque ?, entonces no tienes derecho a ir a tus praos o a tu monte. ¿Y si eres habitante pero no estás trabajando vas a visitar a tu vecino, a un familiar o estás dándo un paseo por lo tuyo?, pero el Director que gracias a este PRUG es dueño y señor del parque puede autorizar a quien quiera, y por la razón que quiera.

En la categoría 3: Zona de alta montaña, ésta es la parte de montaña que está a pastizal o monte bajo ( esto último debido a la altitud que no permite el crecimiento de árboles ), las brañas principalmente.Se prohíben expresamente las actividades deportivas realizadas con vehículos todoterreno, así como el uso de embarcaciones de cualquier tipo en los lagos existentes en la zona y las actividades de paracaidismo y vuelo en ala delta.

Volvemos a lo mismo si el acceso y el tránsito ya están regulados, ¿ que problemas trae consigo el vuelo en ala delta o el parapente en las brañas ? .

Otra restricción con la que nos encontramos, es la siguiente, para no incluir en la Zona 1: De uso general, las fincas de los pueblos, desde el ayuntamiento de Cangas al menos, desconozco el caso de Degaña e Ibias, se cambió el Plan General de Ordenación Urbana, y se definieron los límites del pueblo uniendo las paredes exteriores de las casas existentes, los pueblos de la zona son los típicos en los que las casas estan bastante cercanas unas a otras y sólo pequeños terrenos y caminos las separan, pues bien, esta redefinición de los pueblos hace imposible que puedas hacer una casa en un pueblo. No me gustaría encontrarme con que está permitido hacer una urbanización, o un edificio de tres pisos, pero que no te puedas hacer una casa en una finca de tus padres, en el pueblo, es una restricción excesiva y sin sentido.

Y estos son solamente algunos ejemplos, no quería acabar este artículo sin mencionar dos asuntos estrechamente realccionados con estas restricciones, algunas excepciones hechas " a medida " y el párrafo en el que se explica que este PRUG ( aunque pensado para ser redactado cada cuatro años ) puede ser prorrogado, y cómo la comisión rectora puede modificarlo a su gusto, siempre que cada modificación no afecte al 10% del total del parque.

Execpciones a medida :

Disposición transitoria segunda – Ley de declaración del Parque

La presente Ley no será de aplicación a aquellos terrenos que, aun encontrándose dentro de los límites del Parque Natural, se encuentren afectados a concesiones de explotación sobre recursos minerales energéticos.

Disposición transitoria tercera – Ley de declaración del Parque

La presente Ley no será de aplicación a aquellos terrenos que, aun encontrándose dentro de los límites del Parque Natural, se encuentren afectados al coto regional de caza número 084, «Cangas del Narcea».

De como el PRUG puede ser modificado y prorrogado sin necesidad de sacarlo a información pública:

Durante el periodo de vigencia del presente PRUG la Administración del Parque podrá arbitrar aquellas medidas complementarias que considere oportunas para el desarrollo de los planes e iniciativas contemplados en los diferentes apartados. La promulgación de estas medidas no implicará una revisión del PRUG ya que supondrá un desarrollo del mismo en los aspectos técnicos y científicos de detalle, y será suficiente para su entrada en vigor la aprobación por parte de la Administración del Parque. El presente PRUG se prorrogará mientras no sea aprobado el siguiente.

En resumén y para no hacer aún más largo este artículo, las propiedades privadas pasan a ser un juguete en manos de algunos que se aburren en sus despachos.

Fdo. Raquel González Fernández.

Fuentes del Narcea : Parque sin Vecinos

Reproducimos aqui un artículo de José Alipio García Menéndez profesor y vecino de Tablado. Publicado en : Ver carta original

Desde hace mucho tiempo, quizá demasiado, se están publicando opiniones, que no coinciden con la realidad, sobre el futuro parque de las Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias.

Nos resulta doloroso y fuera de contexto el desconocimiento total que vierte la mayoría de los que opinan sobre sus gentes, sus costumbres y, en definitiva, sobre su manera de entender la vida y de relacionarse con el medio, en este caso, con la naturaleza. Los vecinos, los que vivimos, conocemos y amamos nuestra tierra, no contamos para bien, sólo para mal, pues nos consideran talibanes, depredadores o furtivos como si los políticos cuneros o los ecologistas domingueros, que viven en las ciudades, fueran los que hicieron que el medio presente un grado de conservación óptimo. Salvo las explotaciones, en el límite del parque, a cielo abierto de Vitorino Alonso en Tormaleo y otras minas de la zona, junto con el fuerte impacto que se dio en el acondicionamiento de la AS-212, en el que se vertieron miles de toneladas de escombros e, incluso, quedan restos de maquinaria y red en los taludes.

No se nos informó del anteproyecto de ley. Lo que sí se hizo es enviar a algunos pueblos a funcionarios, sin ningún escrúpulo, que trataron de adoctrinarnos considerándonos menores de edad. Por favor, señores de la Administración, un poco de seriedad y cuando envíen a alguien a un pueblo que al menos no sea analfabeto funcional, ya que eso ya lo somos muchos de nosotros, no todos.

Pensamos que nos faltó información veraz y adecuada para poder tomar una decisión sosegada como implicados que somos teniendo en cuenta nuestro sentido de la responsabilidad, pues afecta a nuestro futuro y al de nuestros descendientes. Entendemos que sería bueno informar a los vecinos de forma precisa y concisa para delimitar el problema en sus justos términos.

Decimos, muchos, que ya pasó la época de las vacas gordas, que el monocultivo del carbón llegó a su fin, que tenemos que buscar nuevos nichos de riqueza para poder seguir viviendo en nuestras tierras, esas que están llenas de recuerdos y significados que nos dicen algo. Vemos con preocupación que en la ley se nos limitan nuestros derechos a cambio de nada, que nos ponen una carga tan pesada que, prácticamente, nos obligan a abandonar nuestras tierras, a emigrar, a ser forasteros en el lugar al que nos desplacemos. Da la sensación de que lo que el Gobierno del Principado quiere es un parque sin vecinos para llevar a visitantes de fuera. Esto nos parece un error porque allí donde el hombre no cuida las sendas, las tierras, los prados... no habitan ni los pájaros más insignificantes, todo se convierte en erial. No nos parece serio que a las alegaciones presentadas se nos contestara de forma impersonal, en un panfleto estereotipado y confuso. Si nos molestamos en plantear alegaciones, se podían molestar en contestar de forma personalizada y justificar el sueldo y el respeto que se nos debe como Administración, pues somos ciudadanos y no súbditos ni siervos.

Es curioso que la mayoría de los que lo defienden no viva lo cotidiano en el sitio. O viven en la ciudad o no tienen allí ningún arraigo, pues no consideran la tierra como propia; sólo es un medio para sacar lo que se pueda y llevarlo a la ciudad. Están de tránsito, de paso hacia ninguna parte. No entendemos cómo no se nos da la posibilidad de participar en su gestión en la toma de decisiones, pues es nuestra vida la que está en juego, no la de los burócratas y desocupados de la ciudad. Tampoco vemos por qué no se buscan nuevas fórmulas o se cambia la ley diciendo que los vecinos participarán en un 40 por ciento o 50 por ciento. Por otro lado, no sería nada malo buscar fórmulas alternativas al parque, como entregar los montes a los vecinos para que los administren como propios y por ello reciban unos beneficios.

Un sector del PP y algunos nacionalistas fueron los que supieron detectar el problema que subyace en el fondo de la cuestión, acaso sean los que mejor supieron entender el sentir popular. Otros partidos y sindicatos se declararon a favor sin consultar a nadie por real decreto dictado desde Oviedo al pie de la letra. Tendremos que luchar todos para evitar que un grupo de bárbaros o cabreados conviertan el parque en humo y cenizas. Con ello perderemos todos, pero, los que más, los vecinos.

Busquemos fórmulas para que eso no ocurra y a ver si la Administración entiende que ella es quien tiene la solución y que debe velar por los intereses de todos. Necesitamos mayor calidad de vida, necesitamos acercamiento de los servicios, necesitamos más visitantes, necesitamos más dinero de la Administración, necesitamos mejores comunicaciones, necesitamos pagar menos impuestos, necesitamos compensaciones para poder vivir en una zona tan dura, pero lo que en absoluto necesitamos son imposiciones como ésta. Sería bueno que se nos escuchara, pues algo tenemos que decir y lo diríamos como afectados.